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Cómo votar

Todo lo práctico para el 29-N.

Información de fuentes oficiales. Las fechas se calculan según la LOREG y se contrastan con el Real Decreto de convocatoria en cuanto se publique en el BOE.

Fechas clave

Hasta el 19 de noviembre
Plazo para solicitar el voto por correo (art. 72 LOREG).
13 – 27 de noviembre
Campaña electoral: 15 días, termina a las 00:00 del 28 (art. 51).
Desde el 24 de noviembre
Prohibido publicar encuestas electorales (art. 69.7).
Hasta el 26 de noviembre
Envío del voto por correo desde la oficina de Correos (art. 73).
28 de noviembre
Jornada de reflexión.
29 de noviembre
Votación. Colegios abiertos de 9:00 a 20:00.

Fuente: Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General (LOREG).

Qué necesitas para votar

Estar inscrito en el censo electoral y llevar el original de tu DNI, pasaporte o permiso de conducir con fotografía. Puedes consultar tu colegio y mesa en la web de la Oficina del Censo Electoral (INE).

Voto por correo, paso a paso

  1. 01Solicítalo hasta el 19 de noviembreEn cualquier oficina de Correos, con tu DNI, pasaporte o permiso de conducir originales (no valen fotocopias), o por internet en correos.es con certificado digital o Cl@ve. Es gratis. Puede hacerlo otra persona en tu nombre solo si estás enfermo o incapacitado, con certificado médico y poder notarial.
  2. 02Recibe la documentación en casaLa Oficina del Censo te envía por correo certificado las papeletas, los sobres de votación y el certificado de inscripción. Tienes que recogerlo en persona con tu DNI; si no estás en casa, te dejarán un aviso para recogerlo en la oficina.
  3. 03Prepara el votoMete cada papeleta en su sobre de votación (Congreso y Senado), y ambos, junto con el certificado de inscripción en el censo, en el sobre dirigido a tu mesa electoral.
  4. 04Entrégalo en Correos hasta el 26 de noviembreSiempre en una oficina, nunca en un buzón, y por correo certificado (gratuito). Correos registra la entrega. Desde que pides el voto por correo ya no puedes votar en la mesa el 29-N.

Plazos según los artículos 72 y 73 de la LOREG para una votación el 29-N; se contrastan con el Real Decreto de convocatoria. Fuentes: Correos y Ministerio del Interior. Si tienes dudas concretas, pregúntalas al asistente: responde con la normativa oficial.

Voto desde el extranjero

Si resides fuera de España (CERA) o estás temporalmente en el extranjero (ERTA) tienes un procedimiento y plazos propios. Consulta la información del Ministerio del Interior.

Cómo se reparten los escaños

El Congreso tiene 350 diputados. Cada provincia es una circunscripción con un mínimo de 2 escaños (Ceuta y Melilla, 1); el resto se reparte según población. Dentro de cada provincia los escaños se asignan con el sistema D'Hondt entre las candidaturas que superan el 3 % de los votos válidos (art. 163 LOREG). El Senado elige 4 senadores por provincia con voto limitado: cada persona marca hasta 3 nombres.

Mesa electoral

Si te toca por sorteo, es obligatorio salvo causa justificada. Puedes alegar ante la Junta Electoral de Zona en los 7 días siguientes a la notificación. Más información en la Junta Electoral Central.