Cómo votar
Todo lo práctico para el 29-N.
Información de fuentes oficiales. Las fechas se calculan según la LOREG y se contrastan con el Real Decreto de convocatoria en cuanto se publique en el BOE.
Fechas clave
- Hasta el 19 de noviembre
- Plazo para solicitar el voto por correo (art. 72 LOREG).
- 13 – 27 de noviembre
- Campaña electoral: 15 días, termina a las 00:00 del 28 (art. 51).
- Desde el 24 de noviembre
- Prohibido publicar encuestas electorales (art. 69.7).
- Hasta el 26 de noviembre
- Envío del voto por correo desde la oficina de Correos (art. 73).
- 28 de noviembre
- Jornada de reflexión.
- 29 de noviembre
- Votación. Colegios abiertos de 9:00 a 20:00.
Fuente: Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General (LOREG).
Qué necesitas para votar
Estar inscrito en el censo electoral y llevar el original de tu DNI, pasaporte o permiso de conducir con fotografía. Puedes consultar tu colegio y mesa en la web de la Oficina del Censo Electoral (INE).
Voto por correo, paso a paso
- 01Solicítalo hasta el 19 de noviembreEn cualquier oficina de Correos, con tu DNI, pasaporte o permiso de conducir originales (no valen fotocopias), o por internet en correos.es con certificado digital o Cl@ve. Es gratis. Puede hacerlo otra persona en tu nombre solo si estás enfermo o incapacitado, con certificado médico y poder notarial.
- 02Recibe la documentación en casaLa Oficina del Censo te envía por correo certificado las papeletas, los sobres de votación y el certificado de inscripción. Tienes que recogerlo en persona con tu DNI; si no estás en casa, te dejarán un aviso para recogerlo en la oficina.
- 03Prepara el votoMete cada papeleta en su sobre de votación (Congreso y Senado), y ambos, junto con el certificado de inscripción en el censo, en el sobre dirigido a tu mesa electoral.
- 04Entrégalo en Correos hasta el 26 de noviembreSiempre en una oficina, nunca en un buzón, y por correo certificado (gratuito). Correos registra la entrega. Desde que pides el voto por correo ya no puedes votar en la mesa el 29-N.
Plazos según los artículos 72 y 73 de la LOREG para una votación el 29-N; se contrastan con el Real Decreto de convocatoria. Fuentes: Correos y Ministerio del Interior. Si tienes dudas concretas, pregúntalas al asistente: responde con la normativa oficial.
Voto desde el extranjero
Si resides fuera de España (CERA) o estás temporalmente en el extranjero (ERTA) tienes un procedimiento y plazos propios. Consulta la información del Ministerio del Interior.
Cómo se reparten los escaños
El Congreso tiene 350 diputados. Cada provincia es una circunscripción con un mínimo de 2 escaños (Ceuta y Melilla, 1); el resto se reparte según población. Dentro de cada provincia los escaños se asignan con el sistema D'Hondt entre las candidaturas que superan el 3 % de los votos válidos (art. 163 LOREG). El Senado elige 4 senadores por provincia con voto limitado: cada persona marca hasta 3 nombres.
Mesa electoral
Si te toca por sorteo, es obligatorio salvo causa justificada. Puedes alegar ante la Junta Electoral de Zona en los 7 días siguientes a la notificación. Más información en la Junta Electoral Central.
